La Psicología Jurídica se fundamenta como una especialidad en el ámbito entre el mundo del Derecho y la Psicología, tanto en su vertiente teórica, explicativa y de investigación, como en la aplicación, evaluación y tratamiento.

Comprende el estudio, explicación, promoción, evaluación, prevención y en su caso, asesoramiento y/o tratamiento de aquellos fenómenos psicológicos, conductuales y relacionales que inciden en el comportamiento legal de las personas, cubriendo distintos ámbitos y niveles de estudio e intervención: Psicología Aplicada a los Tribunales; Psicología Penitenciaria; Psicología de la Delincuencia; Psicología Judicial (testimonio, jurado); Psicología Policial y de las Fuerzas Armadas; Victimología y Mediación.

INFORMES PERICIALES

Es práctica habitual que en el proceso judicial de un asunto en particular, jueces, fiscales o letrados, soliciten informe psicológico sobre las personas implicadas. El psicólogo actúa en este caso como perito experto, emitiendo un juicio profesional basado en un informe específico y riguroso del caso. Las conclusiones y resultados finales, que en ocasiones necesitan ser confirmadas en sala , pueden resultar de trascendencia para sus intereses.

Los motivos por los que puede solicitarse este requerimiento, son de muy diversa índole; afectando al ámbito civil, laboral, derecho de familia y derecho penal.

Entre las causas de solicitud, puede considerar nuestro asesoramiento en los ámbitos civil (Asesoramiento en procesos de separación y divorcio; Valoración de idoneidad para guardia y custodia; Valoración psicológica del menor y del progenitor; Diseño y supervisión de programas en Regímenes de Visitas; Procesos de incapacitación; Internamiento Judicial; Capacidad de obrar; Valoración de idoneidad en tutelas y curatelas; Capacidad Testamentaria e impugnación y Procesos de acogida y adopción), laboral (Evaluación del estrés laboral: burnout; Valoración del acoso laboral: mobbing; Procesos de incapacitación laboral e invalidez y Valoración del daño psicológico: lesiones, secuelas), penal (Responsabilidad Penal: facultades cognitivas y volitivas; Informes de valoración sobre dependencia, abuso de sustancias; Valoración de psicopatología, enfermedad mental; Valoración de víctimas y agresores en violencia de género; Valoración de «perfiles»: agresores sexuales, trastorno del control de los impulsos; Credibilidad del testimonio; Detección de la simulación; Valoración de la peligrosidad criminal; Estimación del riesgo de reincidencia; Valoración del daño psicológico: lesiones, secuelas y Pertenencia a sectas) y asesoramiento a profesionales del derecho (Medios de prueba pertinentes a solicitar; Reconstrucción de la demanda o recurso desde el punto de vista psicológico; Asistencia a juicios).

MEDIACIÓN FAMILIAR

La mediación familiar es una nueva forma de enfrentar las crisis originadas en el seno de la familia, evitando los efectos negativos de los pleitos y reduciendo el coste emocional para todas las partes, especialmente para los hijos. En este tipo de procesos, el profesional independiente e imparcial, formado en resolución de conflictos, acompañará a las partes en la búsqueda de soluciones pactadas tras la ruptura, para conseguir acuerdos satisfactorios y duraderos que contemplen los intereses de todos; padres, hijos y abuelos.

La función del mediador consiste en restaurar la capacidad para comunicarse y lograr, al menos, acuerdos de mínimos que eviten el proceso contencioso y sus consecuencias.

Algunos de los motivos por los que optar por la mediación familiar son que: Aporta soluciones personalizadas; Preserva la intimidad familiar; Es rápida; Conserva las relaciones entre las partes. Los hijos son los primeros  beneficiados; En una mediación exitosa, nadie pierde; Es extrajudicial: se desarrolla en un ambiente cálido, confortable y relajado; Es flexible; Es efectiva y Evita secuelas emocionales.

Responsable del área


Dra. Sandra Hernández Navarro


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